Empadronamiento: más de 700 establecimientos deberán actualizar su información ante ACUMAR
A partir del 15 de octubre las industrias y establecimientos radicados en la Cuenca cuya incidencia ambiental sea mayor a 40 deberán cumplir con la obligación anual de actualización de información en el REAMAR. Este proceso es de carácter obligatorio, bajo pena de sanciones a quienes lo incumplan.

La Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo informa que desde el 15 de octubre y hasta el 31 de diciembre todos los establecimientos de la Cuenca cuyo valor de Nivel de Incidencia Ambiental (NIA) sea mayor a cuarenta (40) deberán actualizar obligatoriamente su información en el Registro de Establecimientos y Actividades de la Cuenca Matanza Riachuelo (REAMAR).
¿Cómo hacerlo?
En primer lugar, es necesario contar con la Clave Única de Reordenamiento Territorial (CURT) para ingresar al sistema REAMAR y actualizar la información declarada en el Empadronamiento, en la Declaración Jurada General.
En el siguiente instructivo se encuentran detallados los pasos a seguir para que resulte más sencilla la actualización.
Cabe recordar que la actualización de la información es una obligación periódica de todos los establecimientos registrados ante el organismo y deben hacerlo de acuerdo al nivel de incidencia ambiental. En esta oportunidad la obligación atañe a todos los establecimientos que alcanzan o superan los 40 puntos de NIA. Según los registros del organismo, más de 700 establecimientos serán los obligados.
Para mayor información se encuentra a disposición una casilla de consultas consultasreamar@acumar.gov.ar que brinda asesoramiento y seguimiento de cada trámite.
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