Todos los establecimientos industriales, comerciales o de servicios, o actividades, que se encuentren radicados dentro del ámbito de la Cuenca Hídrica Matanza Riachuelo -conforme lo establecido en la Resolución 1113/2013– o en el sector de Dock Sud -comprendido entre la Autopista Buenos Aires-La Plata, el Río de la Plata, el Riachuelo y el Canal Sarandí- y que tengan relación directa o indirecta con su saneamiento, deben registrarse en el padrón de ACUMAR, conforme se ordena en la Resolución 297/2018, sus modificatorias y complementarias.
El empadronamiento busca proveer a ACUMAR de información certera, actualizada, amplia y segura sobre los establecimientos bajo su control.