Por “áreas de protección ambiental” debe entenderse no sólo aquellas áreas que ya tiene algún estatus o norma de protección que las regula, sino también aquellas que por distintos valores, sean éstos ecológicos, arqueológicos, paleontológicos, hídricos o como espacio verde de esparcimiento o recreación ciudadana, se consideran de interés para su conservación, independientemente del régimen normativo o la jurisdicción de la cual dependen. En este sentido se pretende consolidar el estudio y conocimiento sobre estas áreas, todo ello tendiente a que en un mediano y largo plazo pueda conformarse un sistema de áreas verdes de la Cuenca Matanza Riachuelo.