¿Quiénes deben empadronarse?
Todos los establecimientos industriales, comerciales o de servicios, o actividades o conjuntos inmobiliarios que se encuentren radicados dentro del ámbito de la Cuenca Hídrica Matanza Riachuelo, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 1113/2013.
IMPORTANTE: En 2025 deberán actualizar la información obligatoriamente todos los establecimientos con Nivel de Incidencia Ambiental (NIA) igual o mayor a 40 (CUARENTA).
¿Cuándo y qué información debo actualizar?
Habrá tiempo desde el 15 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2025. La información a actualizar es la declarada en el Empadronamiento, en la Declaración Jurada General.
¿Qué necesito tener para hacer el trámite?
Lo principal es el número de Clave Única de Reordenamiento Territorial (CURT), que es un número de identificación de la empresa ante ACUMAR.
Si no tengo CURT, ¿cómo lo solicito?
El trámite consta de dos etapas que se deben completar online:
1- Iniciar la solicitud a través de Trámite a Distancia (TAD).
2- Continuar la solicitud de CURT: Te llegará un mail con un link, donde deberás ingresar el número de referencia que te fue otorgado cuando realizaste el trámite vía TAD.
En caso de no recibir este correo, primero, revisá la bandeja de spam. Si en las siguientes 24 horas continúa sin llegarte, podés acceder al este enlace donde deberás ingresar el número de referencia que te fue otorgado cuando realizaste el trámite vía TAD.
Ya tengo CURT, ¿cuál es el paso siguiente?
El siguiente paso es actualizar la Declaración Jurada Electrónica en REAMAR, donde se puede acceder a la Declaración Jurada General y a las parciales. Allí se podrá actualizar información acerca de la gestión de residuos, efluentes líquidos, emisiones gaseosas o adjuntar una nueva actualización.
IMPORTANTE: las Declaraciones parciales no se activan mientras esté en carga la Declaración Jurada General.
Todavía tengo dudas y consultas, ¿a quién puedo contactar?
Primero, te invitamos a buscar si las dudas que tenés están en las preguntas frecuentes de más abajo. En caso que no estén respondidas ahí, podes escribirnos a consultasreamar@acumar.gov.ar.
